ÁLBUM DE IMAGENES DE "MIRANDO HACIA ADENTRO"

Todas las imágenes originales producidas por "Mirando hacia adentro" han sido publicadas en un blog satélite llamado "Mirando hacia adentro. Álbum de imágenes".

DEUDA EXTERNA ARGENTINA ON LINE

La página norteamericana "usdebtclock.org" informa segundo a segundo la evolución de las deudas de los países. Vea online y en directo el REENDEUDAMIENTO ARGENTINO presionando AQUÍ.

Translate

sábado, 30 de enero de 2016

REFLEXIONES SOBRE LA REALIDAD RECIENTE (Segunda Parte) por Daniel Mojica (para "Cuestión Cultural" del 28-01-16)

SIMILITUDES. NO CASUALIDADES


Son muchas las opiniones que se han vertido sobre las medidas económicas instrumentadas (por decreto e ignorando al Congreso Nacional) por el gobierno recientemente elegido.
Tal vez habrá muchas más formas de evaluarlas, medirlas, analizarlas para generar una opinión. Que como toda opinión es subjetiva. Hasta puede ser interesada si proviene de dirigentes, legisladores e incluso militantes del gobierno del Frente Para la Victoria.
Una forma de analizar los hechos, las políticas, los anuncios de los funcionarios de gobierno es la comparación con otros momentos de la historia nacional. Para comprender la matriz de las ideas sobre las cuales fueron concebidas y el rumbo que puede vislumbrarse para el futuro de los argentinos.
Quizás comparando las medidas recientemente anunciadas por los miembros del gabinete económico con los ítems subrayado en el texto que sigue; se puedan encontrar las raíces ideológicas de las mismas y sus consecuencias en el cuerpo social de la Nación.

“La Política Económica del Proceso de Reorganización Nacional
Las medidas iniciales
Según consta en los documentos oficiales del gobierno del Proceso, las medidas inmediatas a adoptar en el terreno económico eran definidas vagamente como aquellas "medidas de control de emergencia necesarias para mejorar la situación existente hasta tanto se pueda instrumentar la reactivación económica en forma coherente" (1). En segundo lugar, se mencionaba la elaboración de un plan económico que contemplaba los siguientes objetivos: a) estímulo a la productividad; b) reactivación del aparato productivo; c) control y disminución del déficit presupuestario; d) aliento a las inversiones; e) reversión de la política estatizante; f) búsqueda de la eficiencia en los servicios públicos y empresas del Estado; g) implementación de una política agropecuaria realista; h) reactivación de las obras públicas; i) instrumentación de un adecuado régimen de comercialización; j) impulso a las exportaciones tradicionales y no tradicionales; k) desaceleración de la inflación compatible con el mantenimiento de la actividad económica; l) reordenamiento impositivo.
Los principales objetivos del llamado "Programa de Recuperación, Saneamiento y Expansión de la Economía Argentina" eran los siguientes: i) lograr el saneamiento monetario y financiero indispensable para la modernización y expansión del aparato productivo, lo que garantizaría un crecimiento no inflacionario de la economía; ii) acelerar la tasa de crecimiento económico; iii) alcanzar una razonable distribución del ingreso, preservando el nivel de los salarios, en la medida adecuada a la productividad de la economía.
Más concretamente, las disposiciones centrales del nuevo plan económico incluían: a) fijación de un nuevo nivel de equilibrio de los salarios reales inferiores en un 40% al nivel promedio del quinquenio anterior; b) eliminación de retenciones a la exportación de productos agropecuarios; c) ampliación de un programa de reducción progresiva de los aranceles de importación; d) eliminación de subsidios a las exportaciones no tradicionales, de créditos de fomento y de prestaciones sociales deficitarias (e.g., en las áreas de salud y vivienda); e) incremento de las tarifas de servicios públicos; f) liberalización de los mercados cambiario y financiero; g) financiamiento del déficit público mediante colocación de títulos en el mercado de capitales; h) reducción del gasto, del empleo y del déficit del gobierno; i) privatización de empresas que habían pasado al control estatal (4). “

(Fuente: Revista Siete Días Ilustrados, N° 458, 26 de marzo de 1976.)



ESPECTÁCULO PERVERSO

Los argentinos asistimos a un perverso espectáculo de prestidigitación mediático y político. En tanto la realidad padece la más descarnada cirugía sin anestesia: el trasplante del modelo económico que parió en 1975 Celestino Rodrigo y que vio la luz de la mano de los genocidas de 1976.

El monopolio de la desinformación transforma en virtudes republicanas el avasallamiento de las leyes y la violación de la Constitución Nacional.
Convierten la salvaje represión contra los trabajadores en una “defensa de la integridad del personal de seguridad”.

El Poder Judicial espía por debajo de la venda para blandir su espada siempre en contra de los mismos sectores sociales.
Los funcionarios anuncian con frialdad psicopática que hay que elegir entre empleo y salarios. Luego de producir una devaluación de más del 40% de la que no se hacen cargo.

Transcurrió el primer mes con decretos a repetición, silenciaron voces disidentes, dinamitaron el poder adquisitivo de quienes viven de un salario fijo. Realizaron la mayor transferencia de recursos de los trabajadores hacia los sectores dominantes.
Aún así hay “especialistas” que se atreven a decir que el gobierno se quedó corto con el “sinceramiento”.

El cinismo de los amanuenses del poder no tiene límites.
El pueblo espera que el mejor peronismo resurja desde las previsibles internas para poner las cosas en su lugar.
Pobreza cero es un eslogan de campaña. Vamos por la justicia social.


CARTA ABIERTA AL PODER JUDICIAL

Los argentinos hemos votado democráticamente un gobierno que ha prometido: pobreza cero, la unión de los argentinos, la defensa de las instituciones, entre otras cosas, como no buscar colocar jueces de su misma procedencia política.

Luego de pasado más de un mes de ejercicio del poder delegado por el pueblo nos encontramos con el Congreso Nacional clausurado de hecho, con nombramientos contrarios a las leyes y tratados internacionales y violación de la Constitución Nacional al no respetarse los tratados incluidos en ella.
Además de la represión a quienes ejercen su derecho de peticionar a las autoridades.

Pregunto a los funcionarios judiciales en pleno ejercicio de sus facultades y asumiendo su total independencia respecto de otros poderes del Estado y del poder económico concentrado de las corporaciones empresarias, económicas y financieras ¿no les cabe a los funcionarios elegidos para ejercer democráticamente su tarea de gobierno respetando y haciendo respetar la Constitución Nacional, ninguna de las prescripciones constitucionales y legales que se enumeran a continuación? A saber:


“La Constitución Nacional condena como infames traidores a la patria, según el artículo 29, a quienes formulen, consientan o firmen, facultades extraordinarias, la suma del poder público, o supremacías a ningún gobierno; sobre la vida, el patrimonio o el honor de los argentinos.”

“La Ley 23.077 del año 1984, modificó el Código Penal adecuándolo a delitos que si bien estaban enunciados en la Constitución Nacional, no estaban debidamente tipificados en el Código Penal.

“Es así que el art. 6º establece:

“ARTICULO 6º – Modificase el artículo 226 del Código Penal, conforme al siguiente texto:

“Artículo 226. – Serán reprimidos con prisión de cinco a quince años los que se alzaren en armas para cambiar la Constitución, deponer alguno de los poderes públicos del Gobierno nacional, arrancarle alguna medida o concesión o impedir, aunque sea temporariamente, el libre ejercicio de sus facultades constitucionales o su formación o renovación en los términos y formas legales.

“Si el hecho descrito en el párrafo anterior fuese perpetrado con el fin de cambiar de modo permanente el sistema democrático de Gobierno, suprimir la organización federal, eliminar la división de poderes, abrogar los derechos fundamentales de la persona humana o suprimir o menoscabar, aunque sea temporariamente, la independencia económica de la Nación, la pena será de ocho a veinticinco años de prisión.
NOTA: Lo único que falta es “que se alzaren en armas”.
“Y complementando a este:

“ARTICULO 8º – Agrégase al Código Penal como artículo 227 bis, el siguiente:

“Artículo 227 bis. – Serán reprimidos con las penas establecidas en el artículo 215 para los traidores a la patria, con la disminución del Artículo 46, los miembros de alguno de los tres poderes del Estado nacional o las provincias que consintieran la consumación de los hechos descritos en el artículo 226, continuando en sus funciones o asumiéndolas luego de modificada por la fuerza la Constitución o depuesto alguno de los poderes públicos, o haciendo cumplir las medidas dispuestas por quienes usurpen tales poderes.

Se aplicará de uno a ocho años de prisión o reclusión e inhabilitación absoluta por el doble de la condena, a quienes, en los casos previstos, en el párrafo anterior, aceptaren colaborar continuando en funciones o asumiéndolas, con las autoridades de facto, en algunos de los siguientes cargos; ministros, secretarios de estado, subsecretarios, directores generales o nacionales o de jerarquía equivalente en el orden nacional, provincial o municipal, presidente, vicepresidente, vocales o miembros de directores de organismos, descentralizados o autárquicos o de bancos oficiales o de empresas del Estado, sociedades del Estado, sociedades de economía mixta, o de sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, o de entes públicos equivalentes a los enumerados en el orden nacional, provincial o municipal, embajadores, rectores o decanos de universidades nacionales o provinciales, miembros de las fuerzas armadas o de policía o de organismos de seguridad en grado de jefes o equivalentes, intendentes municipales, o miembros del ministerio público fiscal de cualquier jerarquía o fuero, personal jerárquico del Parlamento Nacional y de las legislaturas provinciales.

Si las autoridades de facto crearen diferentes jerarquías administrativas o cambiaren las denominaciones de las funciones señaladas en el párrafo anterior, la pena se aplicará a quienes las desempeñen, atendiendo a la análoga naturaleza y contenido de los cargos con relación a los actuales.

Tal vez suene exagerado a tan poco tiempo de asumido el gobierno democráticamente elegido. Pero es este breve período ha desatado una inflación desmesurada, ha dinamitado el poder adquisitivo de quienes viven por un salario fijo, ha abusado de decretos contrariando y/o violando leyes, tratados y la misma Constitución nacional, ha puesto en lugares estratégicos a funcionarios procesador por haber endeudado a la nación en más de 60 mil millones de dólares con el llamado “mega canje” y parece que el Ejecutivo va en el mismo camino. Facilitado por la clausura de hecho del Congreso de la nación.
Acaban de habilitar el derribo de aviones sospechados de cometer ilícitos, en una suerte de pena de muerte encubierta prohibida expresamente por nuestra Constitución.
¡Hasta cuando habrá que esperar? ¿Hasta que el daño sea irreversible?
¡Será justicia?


PERONISMO Y SOBERANIA

Hay una línea histórica que nos atraviesa como Nación. Es la vocación de ser libres de toda dominación extranjera. Es el legado de los grandes líderes de nuestra América: José de San Martín, Simón Bolívar, Antonio José Sucre, Manuel Belgrano, Gervasio Artigas, José Martí, José Gabriel Condorcanqui (Tupac Amaru) y tantos otros.
Porque nuestro destino fue y será la gran Nación que ellos soñaron y que nos toca hacer realidad.

También hay una línea antagónica, la de los cipayos servidores de las potencias coloniales que sirven a los intereses imperiales de cada época. Que se oponen a aquel espíritu libertario.
Entonces como ahora los imperios contaron y cuentan con traidores autóctonos que defendieron y defienden motivaciones ajenas al bienestar de las grandes mayorías.

Estas circunstancias trascienden muchas veces las identidades partidarias que los poderes concentrados quisieran ver cristalizadas en una alternancia entre organizaciones que sirvan para dar una apariencia democrática. Cuando en realidad sólo representarían diferentes maneras de dependencia. Más o menos ostensible.

En realidad dichas identidades tienen que ver con la coherencia de las convicciones de los dirigentes y la lealtad a los principios que dicen sostener, y sostienen con los hechos.
Ya que ningún partido político propicia abiertamente la aceptación del vasallaje a las potencias dominantes.

En el caso del peronismo hay un expreso mandato que tiene como objetivo la liberación nacional. Porque su doctrina expresa la construcción de una patria justa, libre y soberana. Cuya meta es la justicia social y la felicidad del pueblo.
Estas no son expresiones abstractas. Hay una memoria histórica de que ello es posible.

Ese objetivo tiene mojones previos que se pueden sintetizar en una sentencia de Eva Perón “donde hay una necesidad nace un derecho”. Esto Significa que mientras haya una necesidad, mientras haya un solo compatriota con hambre o sin sus derechos básicos (trabajo, vivienda, salud, esparcimiento) satisfechos, la tarea no termina.

Hoy tenemos un gobierno que va en sentido contrario al bienestar mayoritario.
No es necesario ser peronista para darse cuenta. Tampoco quiere decir que sólo el peronismo debe encontrar la forma, los caminos, las alternativas dentro de la Constitución, las leyes y los Tratados Internacionales para encauzar el rumbo de la Nación y sacarla de la telaraña del colonialismo del siglo XXI hacia donde nos están conduciendo los poderes concentrados internos y externos.

Daniel Mojica
Publicado en:
http://cuestioncultural.blogspot.com.ar/2016/01/reflexiones-sobre-la-realidad-reciente.html

No hay comentarios: